Accedió a llevar a casa a su ex marido y acabó pasando la que, seguramente, fue la peor noche de su vida. Así ha quedado acreditado en la una sentencia que considera veraz la denuncia realizada en marzo del 2020, en vísperas del confinamiento, por una víctima que aseguró que el que había sido durante años su pareja la había encerrado en su casa de la localidad de Os Blancos y luego la había sometido a golpes durante toda la noche, impidiéndole salir de la vivienda. No fue hasta horas después, ya de día, cuando la víctima pudo recuperar su móvil y pedir un taxi. Al llegar el profesional, el acusado no dejó a la víctima que se subiera al coche, cruzando un tractor para impedir la salida de vehículos de la zona.
Toda una odisea por la que ahora Juan Antonio L. B. ha sido condenado a dos años y medio de cárcel, como responsable de un delito de lesiones y otro de coacciones. Para la magistrada encargada de ver este caso no hay duda de que la declaración de la víctima es cierta, ya que además considera que está corroborada por el parte de lesiones que se efectuó en el centro médico en el que fue atendida la víctima tras ser liberada. La resolución, contra la que cabe presentar recurso, da por probada además la crueldad con la que actuó el agresor, quien tras pedirle a su ex mujer que entrara en casa con la excusa de invitarla a «tomar una copa», acabó sometiéndola a patadas y puñetazos por todo el cuerpo, llegando a golpearla con un extintor, a colocarle una silla sobre el cuerpo y a meterle un zapato en la boca. «La declaración de la víctima presenta coherencia, sin que se aprecien en ella elementos inverosímiles», asegura la togada, que también tiene en cuenta que las lesiones que presentaba la perjudicada eran «compatibles» con los hechos que dijo haber padecido.
De poco han servido las alegaciones de la defensa, relativas a que el acusado dijo que su exmujer «estaba bebida», y que por ello le recomendó que se quedara en su casa, negando haberla retenido contra su voluntad. La magistrada no ve creíble este argumento y condena al agresor, que además deberá permanecer alejado de la denunciante y no podrá hablar con ella durante cinco años. Se ha previsto también que la indemnice con 2.900 euros por las lesiones y el daño moral. La jueza ve aplicable al caso la agravante de género.
© Copyright LA VOZ DE GALICIA S.A.Polígono de Sabón, Arteixo, A CORUÑA (ESPAÑA) Inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña en el Tomo 2438 del Archivo, Sección General, a los folios 91 y siguientes, hoja C-2141. CIF: A-15000649.
Sin minería ni Portezuelo, nace en Malargüe una empresa que produce vino
Adiós a Carlos Marín: así es el patrimonio y la fortuna que deja el cantante de Il Divo
Récord de mujeres afiliadas a la Seguridad Social, pero temporales y con bajos salarios
Ceviche a Recoleta y medialunas para funcionarios: la apuesta de los trabajadores de la Villa 31 para vender fuera del barrio